UNIVAD
VI: EL CHEQUE. Código Orgánico Monetario y Financiero
6.1. Cuenta Corriente Bancaria:
Se debe suscribir un contrato de cuenta bancaria, es decir un contrato solemne
y voluntario que suscribe entre el titular de la cuenta y el banco, para
suscribir una cuenta bancaria se requiere de algunas solemnidades que el
titular cuente con suficiente fondos, estos fondos sean lícitos personales, sea
una persona rentable que tenga sus antecedentes en buen estado para que proceda
hacer la suscripción de la cuenta corriente.
Clases.- Pueden ser individuales,
colectivas o corporativas y de instituciones públicas.
6.2. Sigilo Bancario:
El sigilo bancario
constituye un régimen limitado exclusivamente al ámbito de las relaciones entre
la institución bancaria y sus clientes, e impone la obligación de
confidencialidad de la institución sobre las informaciones que aquéllos le
proporcionan.
En todas las
legislaciones bancarias el sigilo es relativo, es decir, el derecho del
ciudadano al secreto y la correlativa obligación para el banco de no revelar a
terceros las informaciones recibidas en el ejercicio de su actividad, ceden
cuando existe norma legal expresa o causa justificada.
El límite legal al
sigilo está constituido por la obligación del banco de entregar informaciones,
y se fundamenta en motivos superiores de orden público o general, siendo
lícito, entonces, que el Estado establezca límites legales al secreto bancario
para auxiliar, por ejemplo, las actuaciones de la Justicia en el plano
jurisdiccional y las del Estado en el ámbito del ejercicio de su potestad
impositiva.
Es un derecho que la constitución
que a través de las leyes ampara a las personas a la reserva o al silencio
bancario es decir que todos los depósitos o transacciones están sujetas al derecho y a la reserva bancaria, es decir que
ninguna persona puede violar a este derecho, salvo en disposición en contraria.
En caso de que alguien proceda a viole este sigilo bancario el código penal
establece una pena de prisión 1 a 5 años prisión o sea que toda persona tiene
derecho a esta reserva a este secreto bancario de nuestras operaciones
bancarias, transacciones todas las operaciones y transacciones que realicemos
en las instituciones financieras
6.3 Medios Electrónicos: También
conocida como banca por internet: donde se realizan los depósitos, retiros o
pagos, transferencias de dinero entre una cuenta y otra. Ejm: Pago de Luz,
Agua, Teléfono, internet, impuestos (SRI, CNEL, CNT, CEM, Municipios, Consejos
Provinciales, etc), etc. Solo con el hecho de tener la persona natural o
jurídica que posee la cuenta corriente firmado un convenio de débito con las
empresas que son las proveedoras del servicio. Este medio es factible para los
negocios.
6.4 Comprobante de Depósito.
Un comprobante de
depósito es un formulario impreso que acompaña a los depósitos bancarios. El
depositante rellena la ficha de depósito para indicar qué tipos de fondos están depositados y en qué
cuentas deben ser depositados. Los comprobantes de depósito son utilizados por
los bancos para realizar un seguimiento
del dinero depositado en el transcurso del
día laboral, y garantizar que los fondos no se desvíen. Para los clientes del
banco, un comprobante de depósito ofrece una forma de protección, lo que indica
que los fondos se contaron y aceptaron por el banco. Si el depósito se procesa
correctamente, el comprobante de depósito proporcionará un recibo de papel.
La mayoría de las
personas con una cuenta de cheques o de ahorros han interactuado con una
comprobante de depósito, y están familiarizados con el formato básico que pide
el nombre del cliente, la fecha y el número de cuenta. Los campos de esta
información básica proporcionan un espacio para que el cliente introduzca el
tipo de fondos: dinero en efectivo, monedas, o cheque. Si en los controles
múltiples están siendo depositados, el comprobante de depósito por lo general
tiene un espacio en la parte trasera a la lista para anotarlos completamente.
El cliente se suma a los fondos para llegar a un subtotal, indica si quiere o
no el dinero en efectivo, y luego entra en un total final de los fondos de su
depósito.
Talonarios de cheque.
Normalmente es un Instrumento legal conformado
por un grupo de cheques de tu cuenta corriente, y pueden ser agrupados en 20,
50, 100, dependiendo del Banco en donde abras la cuenta Corriente, estos
normalmente tienen una numeración en correlativo, y el objeto principal es
elaborar Cheques en la moneda de curso legal de tu pais para comprar bienes y/o
servicios, dichos montos se le deducen o se le restan al saldo que poseas en tu
Cuenta Corriente, y solo puedes elaborar o girar dichos cheques hasta por el monto
que poseas en dicha cuenta.
6.5 El Cheque. 478 COMF
CONCEPTO DEL CHEQUE: Es una orden
incondicional en virtud del cual una persona llamada girador, ordena
incondicionalmente a un banco que es girado, el pago a la vista de una suma de
dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario.
Contenido. 479. COMF.
- La denominación de cheque.
- El mandato puro y simple de pagar una suma determinada de dinero.
- El nombre de la institución bancaria que debe pagar el cheque,
- La indicación del lugar de pago;
- La indicación de la fecha y del lugar de emisión del cheque;
- La firma de quien expide o gira el cheque.
NATURALEZA:
- El cheque es un medio de pago a la vista; mientras que la letra de cambio y el pagaré a la orden son instrumentos de crédito.
- El cheque facilita la circulación del dinero y los pagos, pues evita el tener que portar el dinero.
- El cheque es un título valor completo, cuya forma está regulada por la Ley
Formas de girar un cheque. Art.
478
Cantidad
determinada: 4.236,56 o 4.23656 o 4.23600 o 4.236
Colocar
la cantidad en letras:
Cuatro
mil doscientos treinta y seis con cincuenta y seis centavos
Cuatro
mil doscientos treinta y seis con 56/100
La
indicación de la fecha de pago: 2015-06-26 o 26 Junio 2015 o 26/Junio/2015 o 2015/06/25
La
indicación del lugar de la emisión del cheque: Machala
La firma
del cheque: Que sea igual a la firma de la cédula caso contrario el cheque es
devuelto
Clases. Art.
500, 501, 502,503.
- Cheque Cruzado.-
- Cheque Certificado.-
- Cheque para acreditar en cuenta.-
Transferencia. Transmisión del
cheque. 485, 486, 487, 488, 489
ENDOSO :
·
Es la forma en la que se
transfiere y circula el cheque
·
El endoso del cheque debe ser
puro y simple
·
El endoso debe ser por el valor
total del cheque, el endoso parcial es nulo
·
El girado no puede endosar el
cheque.
·
Es prohibido el endoso de cheques
por parte de beneficiarios personas jurídicas
·
Están prohibidos los endosos en
blanco o al portador
·
Solamente podrán endosar cheques
los primeros beneficiarios personas naturales. Lo pueden hacer por una sola
vez, siempre que el cheque haya sido girado por una suma de dinero de hasta
quinientos dólares de los Estados Unidos de América
PRESENTACIÓN AL COBRO Y PAGO DEL
CHEQUE. ART. 492 Y 494
PAGO DEL CHEQUE:
·
El cheque es un medio de pago y
como tal es pagadero a la vista.
·
El cheque presentado para el pago
antes del día indicado como fecha de emisión, debe ser pagado o protestado.
PRESENTACIÓN
PARA EL PAGO Art. 494
·
La presentación del cheque a una
Cámara de Compensación equivale a la presentación para el pago.
Plazo para Presentación. Defectos de Forma.
Revocatoria. Oposición al pago. Anulación de formularios.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN: Art. 493,
517
Según el lugar de giro y de pago del cheque se ha fijado el
plazo de presentación y reglas para ello:
·
Si el cheque es girado en nuestro
país y pagadero en igual país, deberá presentarse para el pago dentro del plazo
de veinte días, contados desde la fecha de su emisión.
·
Los cheques girados en el
exterior y pagaderos en nuestro país deberán presentarse para el pago dentro
del plazo de noventa días, contados desde la fecha de su emisión.
·
Los cheques girados en el Ecuador
y pagaderos en el exterior se sujetarán a los plazos que determine la Ley del
Estado donde tenga su domicilio el banco girado.
ART. 517.PLAZO MÁXIMO PARA PAGO DE CHEQUE: Máximo 13 meses a partir de la fecha de giro.
Pero se recomienda que el cheque
sea cobrado dentro de los plazos que estipula los plazos máximos de pagos que
son 20 días, etc.
Defectos de Forma:
El cheque no puede estar roto, mutilado, y
deteriorado: no debe contener alteraciones como borrones o tachones, los datos
de forma deben estar escritos con esfero azúl o negro, no escribir sellos o
leyendas que condicionen la entrega del cheque a sus beneficiarios, no usar
cintas adhesivas sobre las cifras, además del 29 de octubre será necesario
llenar este formato para escribir la fecha 2015/06/25
Si en un cheque se detectan firmas con rasgos
inconformes si hay fondos se devolverá, si no tiene fondos se protestará,
La
vigencia del cheque es de 13 meses a partir de la fecha de giro o emisión y
será devuelto si no cumple con esta normativa. Además si esta mal lleno una de
las formas ya mencionadas anteriormente.
REVOCATORIA DEL CHEQUE ART. 495,
496
DEL PROTESTO: 504-499
·
Es el acto mediante el cual se
deja constancia escrita de la falta de pago del cheque.
El banco girado debe protestar el cheque en los siguientes
casos:
·
Por insuficiencia de fondos
·
Por cuenta cerrada
·
Por cuenta cancelada
·
El girador pagará la multa del
10% sobre el valor del cheque protestado, multa que se debitará de las cuentas
del girador.
SANCIONES POR PROTESTO DE
CHEQUES: y se pagará la
multa del 10% sobre el valor del cheque protestado, multa que se debitará de las
cuentas del girador.
Descripción Antes Después Obtención
2 Cheques
protestados 1 año 1 mes Inhabilitación de cuenta
3 Cheques
protestados 3 año 1 año cierre de cuenta x parte de la
Super de
Bancos
En caso
de ser reincidente 5 años 3 años cierre de cuenta x parte de la
Super de
Bancos
OPOSICIÓN AL PAGO DE CHEQUES :
1.-
REVOCATORIA: El girador puede revocar por pérdida, robo, etc.
2.- OPOSICIÓN AL PAGO: En caso del que el girador no hubiese
determinado el pago al beneficiario, puede oponerse al pago.
3.- ABSTENCIÓN DE PAGO: Hasta que confirme el banco al girador
si giro el valor más allá de $ 1.000 para luego pagarlo.
Anulación
de formularios: El costo por cada cheque en blanco en de $ 0.27 ctvs.dolar y se
revisará cada 3 meses, Si un cheque esta deteriorado se extravía se puede solicitar al banco la
suspensión transitoria del pago por 72 horas y se levantará si no hay una nueva
información del cliente.
Por robo
destrucción o pérdida puede declarar que se lo declare sin efecto, también se
puede solicitar la anulación de los formularios en blanco por pérdida o robo
(cheques en blanco) previa denuncia,
6.7
Crédito en Cta. Cte., o sobregiro
Es una línea de crédito
previamente acordada con el cliente, que opera en forma automática y rotativa,
y permite cubrir sobregiros (mayores gastos) en la cuenta corriente.
Las características que
presenta la línea de sobregiro son las siguientes:
Opera como una cuenta complementaria a la cuenta corriente, traspasando fondos en forma automática cuando se producen sobregiros, hasta el importe de la línea.
El cupo se ajusta en forma automática de acuerdo al nivel de ingresos y al comportamiento comercial del cliente. El cupo mínimo de sobregiro autorizado es de $100.000.
Tiene renovación anual y se firma solo un pagaré por operación. Permite aumentar el cupo, previo consentimiento expreso del cliente.
Los intereses e impuestos devengados por el uso de la línea de sobregiro son cargados a la cuenta corriente del cliente en forma mensual, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente. La tasa de interés variable se aplica diariamente sólo sobre el monto realmente utilizado como sobregiro.
Tiene un seguro de desgravamen que cubre el saldo de la deuda en caso de fallecimiento del titular o a quien se indique como primer titular en el caso de cuentas pluripersonales.
Al amortizar la línea de sobregiro el cupo vuelve a quedar disponible.
Los beneficios que
presenta para el cliente la línea de sobregiro, podemos señalar los siguientes:
Posee un Seguro de Desgravamen en caso de fallecimiento del titular.
Puede administrar su dinero en forma segura y confiable, controlando sus gastos.
Se pagan intereses sólo por el monto y los días en que realmente haya hecho uso efectivo de la línea de sobregiro.
Puede hacer amortizaciones parciales o totales en cualquier momento, ya sea en una sucursal, o Terminales de Autoservicio.
Tiene siempre disponible un crédito para eventualidades y además sirve para cubrir automáticamente los sobregiros en la cuenta corriente.
Los Clientes que pertenecen a Planes tienen condiciones preferenciales en el cobro de comisión.
6.8 ACCIONES JUDICIALES
ACCIONES JUDICIALES:
ACCIONES
CIVILES:
·
El reclamo del pago de la
obligación que contiene el cheque puede hacerse en:
JUICIO
EJECUTIVO:
·
Cuando el cheque ha sido
protestado por la falta o insuficiencia de fondos;
·
Cuando este protesto se realiza
dentro del plazo de presentación (veinte días cheques girados y pagaderos en
Ecuador) salvo el cheque postdatado.
JUICIO
VERBAL SUMARIO :
·
Cuando el cheque no pagado por
falta o insuficiencia de fondos ha sido protestado fuera de los plazos de
presentación
·
Cuando el cheque ha sido
protestado por cuenta cerrada.
·
En ambos casos salvo que el
cheque fuera postdatado
JUICIO
ORDINARIO:
·
Cuando han prescrito las acciones
ejecutiva y verbal sumaria. En este caso cabe la acción de enriquecimiento
ilícito.
·
Cuando se trata de un cheque
postdatado.
ACCIONES
PENALES:
·
La acción penal es independiente
de la civil, que se ejercita para el pago del valor del cheque. No existe
prejudicialidad en este caso ya que los fines que se persiguen son distintos.
·
Del pago de cheques sin provisión
de fondos (delito contra la fe pública, reprimido con prisión de tres meses a
dos años y multa de 8 a 77 US$)
·
Cheque en cuenta cerrada (delito
de estafa)
·
Imitación o falsificación de
cheques
DE LA
PRESCRIPCIÓN: Art. 512
·
Las acciones civiles prescriben a
los seis meses de los plazos de presentación
·
Las acciones penales prescriben a
los 5 años
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