sábado, 20 de febrero de 2016

CAPACIDADES E INCAPACIDADES PARA EJERCER EL COMERCIO

- Toda persona mayor de 18 años de edad, no estar sujeto a patria potestad y tener libre administración de sus bienes.(P. adulta, capaz, consciente, de contraer obligaciones y ejercer derechos y sobre todo en capacidad de administrar)

- No pueden ser comerciantes corporaciones eclesiásticas, los funcionarios públicos y los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación.

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